Declaración de Steven Hecht ante la Comisión Lantos

Guatemala tiene la oportunidad de recuperarse y avanzar hacia el Estado de derecho

steven hecht comisión lantos

Declaración enviada por Steven Hecht
Editor de Impunity Observer
a la
Comisión Tom Lantos de Derechos Humanos
para la audiencia
“Independencia judicial en Centroamérica”
9 de junio, 2021

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Soy un ciudadano estadounidense con dos títulos de la Universidad de Columbia, y he vivido en Guatemala desde 1972.

Guatemala nunca ha tenido un Estado de derecho. Su gobierno ha sufrido de centralización y abuso de poder. El peor sistema de justicia en la historia de Guatemala fue entre 2016 y 2021. Guatemala tiene ahora la oportunidad de recuperarse y avanzar hacia el Estado de derecho, por lo que audiencias como esta son importantes.

¿Buscarán la comisión Lantos, el Congreso estadounidense y la administración Biden la verdad con base en el registro público o darán prioridad a la política sobre la ley y la evidencia? Lo primero ayudaría a Guatemala y a otros países centroamericanos a mejorar sus sistemas de justicia. Lo segundo requeriría que Guatemala creara un Estado de derecho por su cuenta a pesar de la presión de Estados Unidos en sentido contrario.

La mayoría de quienes lean esto nunca han escuchado tales afirmaciones y podrían sorprenderse por ellas. Algunos, en desacuerdo por razones políticas, tratarán de desacreditarme personalmente. No hago esto para promocionarme y no me molestan los inevitables ataques personales que se producirán si el Congreso toma en serio lo que digo aquí. Considero que las cualidades personales que tenga o que no tenga son irrelevantes. La cuestión es el contenido. No pido a nadie que tome esta declaración al pie de la letra. Por el contrario, les pido que consideren lo que digo y verifiquen los hechos.

Antecedentes del sistema de justicia de Guatemala

Antes de 2010, el sistema de justicia de Guatemala no era completamente independiente. Sin embargo, se asemejaba de alguna manera a un sistema independiente, siempre y cuando no estuvieran involucrados intereses poderosos. Entonces, el dinero era la principal motivación para la corrupción judicial. A partir de 2016, la ideología se convirtió en la principal motivación de la corrupción judicial. La corrupción relacionada con el dinero es inaceptable. Robar la libertad es aún peor.

Desde 2016 hasta 2021, la Justicia dominó por completo a los otros poderes del Estado. La Corte de Constitucionalidad (CC), la última palabra en asuntos judiciales, ordenó al Congreso la aprobación de leyes específicas y el cese del debate de estas, y ordenó al Ejecutivo en materia de política exterior.

Estos actos de la CC violaron la separación de poderes ordenada en el artículo 141 de la Constitución. La Constitución de Guatemala tiene recursos para esto, pero ni el poder legislativo ni el ejecutivo han querido emplearlos. La razón ha sido la protección y el apoyo de Estados Unidos a la CC durante este período.

Como vicepresidente, Joe Biden aprovechó el dinero de la Alianza para la Prosperidad para presionar al entonces presidente Otto Pérez Molina en 2015 para prorrogar la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG). Mi propósito aquí no es ofrecer un examen exhaustivo de la CICIG. Sin embargo, los antecedentes sobre ella son una parte esencial del examen del sistema judicial.

Los defensores de la CICIG insisten en que la comisión combatió la corrupción. Esa no era su misión declarada. La CICIG describió su misión como la de perseguir a los “cuerpos ilegales y aparatos clandestinos de seguridad… que afectan el goce y ejercicio de los derechos humanos fundamentales del pueblo guatemalteco y que tienen vínculos directos o indirectos con agentes del Estado o la capacidad de bloquear acciones judiciales relacionadas con sus actividades ilegales”.1

Cuatro organizaciones cívicas guatemaltecas emitieron en marzo de 2018 un informe titulado “La CICIG y el Estado de derecho”. Es parte del expediente de la audiencia “El largo brazo de la injusticia” de la Comisión de Helsinki de Estados Unidos del 27 de abril de 2018.  Este informe, basado en registros judiciales y otras informaciones públicas, abarca muchos aspectos de la CICIG, especialmente cómo no cumplió con su misión.

Tres meses después de la publicación del informe, una decisión judicial en el suroeste de Guatemala llevó a una adición al documento. El tribunal absolvió efectivamente a los acusados por Casimiro Pérez, un indígena Mam, de haberles torturado a él y a su familia. Los acusados participaban en los grupos FRENA y URNG. Este último es un partido político que evolucionó a partir de la organización paraguas de la guerrilla que intentó derrocar al gobierno por la fuerza. Los cuatro grupos miembros de la URNG firmaron los acuerdos de paz de 1996.

Pérez declaró que los acusados lo encarcelaron en 2013 y lo amenazaron con quemarlo vivo si no realizaba trabajos forzados, lo cual hizo junto con sus cuatro hijos menores de edad. El caso continuó y dos años después una turba volvió a arrojar a Pérez a un pozo y lo amenazó con echarle gasolina y prenderle fuego.

Temiendo que la mafia matara a Pérez, la ciudadana con doble nacionalidad estadounidense y guatemalteca y veterana de la Marina de Estados Unidos, Karen Ness, presentó una denuncia ante la CICIG. Dos semanas después, la CICIG le dio a Ness un número de caso. Cuatro semanas después, el 11 de marzo, la CICIG envió una carta a la fiscal Thelma Aldana y una copia a Ness. La carta decía:

“Debido a que la CICIG tiene una política de selección y priorización de casos derivada de la necesidad de optimizar sus recursos disponibles durante el plazo de su mandato, se remite dicha denuncia para que el Ministerio Público como institución que ejecuta la persecución penal en Guatemala tome las medidas que considere pertinentes”.

Aldana no hizo nada. Como lo señaló el comisionado de la CICIG, Iván Velásquez, en su carta a Aldana, Ness se había quejado “contra el FRENA y la URNG por actos al margen de la ley, protegiendo a personas implicadas en procesos y castigos ilegales para obligar a las comunidades a actuar en contra de la ley”. Esto encajaba exactamente en el mandato de la CICIG.

Los dos grupos privaron a Pérez de sus derechos humanos. El agente estatal que protegía a los grupos y bloqueaba las acciones judiciales era la CICIG. Se había convertido en lo que se creó para eliminar.

El factor de intimidación de la CICIG se aplicó al poder judicial y fue sin duda una razón por la que los que perseguían a Pérez evitaron enfrentarse a la justicia. Sin embargo, la CICIG iba a contribuir a empeorar el poder judicial aún más.

La Corte de Constitucionalidad 2016-2021

Todd Robinson, exembajador de Estados Unidos ante Guatemala, utilizó a la CICIG como ariete para intentar cambiar la Constitución de Guatemala y hacer una ley electoral en 2016. Esto fue posible porque el extraordinario poder de la CICIG se deriva de su inmunidad diplomática y del apoyo internacional, especialmente de Estados Unidos. Podía hacer cualquier cosa ilegalmente a cualquiera, y lo hizo.

La política central de Robinson fue moldear la CC a su agenda política. Robinson convocó a algunos líderes del Congreso a su casa e insistió en que nombraran a Gloria Porras como magistrada de la CC. Dejó claro que la falta de cooperación resultaría en la cancelación de visas estadounidenses y en investigaciones penales. La CICIG hizo creíble esta última amenaza.

A propósito del voto de Porras, el presidente del Congreso de Guatemala fue grabado diciendo que las órdenes venían en inglés. Los medios de comunicación locales cubrieron ampliamente este hecho.

Porras ganó por 145-6 en un proceso con varios candidatos, un resultado imposible en circunstancias normales. El personal de la embajada presionó a otras instituciones con nombramientos en la CC, lo que ayudó a Porras a dominarla. Desde el 14 de abril de 2016 hasta el 13 de abril de 2021, la CC gobernó arbitrariamente a Guatemala. La mayoría de los magistrados de la CC estaban por encima de la ley.

La atroz y posiblemente ilegal intervención de Robinson bajo la ley estadounidense en Guatemala socavó el Estado de derecho y la independencia judicial. Tal vez esta audiencia no se hubiera producido si Robinson no hubiera actuado indebidamente. El Congreso podría obtener el testimonio de Robinson sobre este asunto. Puede comprobar los registros de la embajada para determinar quiénes estuvieron presentes en la residencia de Robinson en esa reunión y hacer gestiones en Guatemala para obtener declaraciones de los participantes.

Muchos funcionarios del Gobierno de Guatemala gozan de inmunidad judicial. Los magistrados de la CC tienen inmunidad, que el Congreso puede levantar. Gloria Porras participó dos veces en resoluciones que impidieron al Congreso tramitar casos en su contra. Actuar como juez y parte es ilegal en todas partes.

Un aspecto clave de la jurisprudencia guatemalteca es el amparo. Está regulado por la Ley de Amparo, Exhibición Personal y Constitucionalidad (Ley de Amparo) aprobada por la asamblea constituyente que redactó la Constitución de 1985, aún vigente.

Según el artículo 8 de la Ley de Amparo, el propósito de las medidas cautelares es específicamente proteger a las personas de los abusos oficiales. Esto significa que el solicitante debe ser la parte agraviada. La mayoría de los magistrados de Porras cambiaron la doctrina judicial para permitir que cualquier persona pudiera solicitar un amparo. Cualquier persona que quisiera detener cualquier acción oficial podría solicitar un amparo bajo la premisa de que la acción perjudica a la sociedad en lugar de perjudicar específicamente al amparista como establece la ley.

Abogados presentaron peticiones para declarar inconstitucional la sentencia que creaba la nueva doctrina, y la corte de Porras la mantuvo como constitucional a pesar de su evidente discrepancia con la Ley de Amparo. Tres sentencias sucesivas sobre la misma materia crean nueva doctrina. Un puñado de magistrados cambió lo que la asamblea constituyente de 88 miembros elegida por los guatemaltecos con un 78% de participación electoral en 1984 había convertido en ley. Más de 100 sentencias habían creado una doctrina consistente con la ley.

Ignorar la Constitución y los precedentes no es independencia judicial. Es gobernar arbitrariamente.

Este cambio de doctrina permitió a los aliados políticos de la corte de Porras y a los propios magistrados, conspirando entre sí, utilizar un precedente inconstitucional para ejercer el poder con un fin político. Podían, y de hecho lo hicieron, ordenar a cualquier parte del gobierno que quisiera realizar actos o prohibirle realizarlos. Esto ocurrió sin que hubiera una parte agraviada, tal y como la asamblea constituyente había previsto y la doctrina aceptada exigía.

Esta fue la base para que la CC violara la separación constitucional de poderes. Ordenó al Congreso la aprobación de una ley de consulta derivada de la decisión de la CC en el caso de las hidroeléctricas Oxec (ver más adelante) y el cese de la deliberación de una ley de reconciliación nacional para corregir las violaciones de los acuerdos de paz de 1996. Lo más atroz fue que los magistrados de la CC ordenaron al Congreso que dejara de tramitar un caso que impulsaba la eliminación de la inmunidad oficial de magistrados de la CC acusados de delitos.

Un abogado había presentado una denuncia contra algunos magistrados de la CC por actos delictivos. Tal y como exige la ley, ya que los magistrados gozan de inmunidad judicial, el tribunal inferior envió el caso a la Corte Suprema, que lo remitió, conforme a la ley, al Congreso para que se pronunciara sobre la remoción de la inmunidad de los acusados.

El Congreso no debería haber obedecido la orden de la CC de dejar de tramitar el caso contra los magistrados. El artículo 156 de la Constitución dice: “Ningún funcionario o empleado público, civil o militar, está obligado a cumplir órdenes manifiestamente ilegales o que impliquen la comisión de un delito”.

La CC también violó la separación de poderes cuando otorgó un amparo contra la expulsión del comisionado Velásquez de la CICIG. El artículo 10 del acuerdo con las Naciones Unidas que creó la CICIG establece que “El comisionado gozará de los privilegios e inmunidades, exenciones y facilidades otorgadas a los agentes diplomáticos de conformidad con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961”. El texto enumera a continuación seis exenciones específicas, entre ellas “la inmunidad ante las jurisdicciones penal, civil y administrativa de conformidad con la Convención de Viena”.

El artículo 183 inciso o) de la Constitución establece que el presidente de la república dirigirá la política exterior y las relaciones internacionales. El artículo 9 de la Convención de Viena establece que “El Estado receptor podrá, en cualquier momento y sin necesidad de explicar su decisión, notificar al Estado remitente que el jefe de misión o cualquier miembro del personal diplomático de la misión es persona non grata”.

La CC dictaminó que Velásquez no era un diplomático.

Posteriormente, la CC prohibió al presidente expulsar al embajador sueco. La CC también ordenó a un funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores que escribiera una carta particular a un tercero y advirtió al funcionario que su incumplimiento desencadenaría una orden de la CC para despedirlo.

El presidente tenía la autoridad constitucional para ignorar las tres órdenes e incluso para declarar el Estado de sitio y detener a los magistrados que habían emitido resoluciones manifiestamente ilegales. Seguramente habría provocado una feroz resistencia por parte de Estados Unidos si hubiera ejercido esa potestad constitucional.

El mandato de los magistrados de la Corte Suprema y de la Corte de Apelaciones terminó el 12 de octubre de 2019. Los magistrados siguen en sus puestos debido a la intervención ilegal de la CC. La mayoría de los magistrados y sus aliados políticos estaban insatisfechos con el proceso de nombramiento porque no pudieron imponer a sus elegidos en estos tribunales.

La mayoría de los magistrados de la CC aparentemente creían que les iría mejor con el nuevo Congreso, por lo que retrasaron ilegalmente los nuevos nombramientos. Sin embargo, el nuevo Congreso que comenzó en enero de 2020 tampoco dio acomodo a los magistrados de la CC y a sus aliados. Esto provocó la intervención de Estados Unidos. Una declaración del presidente y miembro de mayor rango del Subcomité de Asuntos Exteriores de la Cámara de Representantes para el Hemisferio Occidental propició una entrevista con el exprofesor de Derecho Constitucional José Luis González.

González explicó las legalidades de los diversos asuntos y procesos relacionados con la demora en el nombramiento de magistrados para el período 2019-2024, establecido constitucionalmente, para los magistrados de la Corte Suprema y la Corte de Apelaciones. Identificó varios delitos, entre ellos el de tres magistrados de la CC que ordenaron ilegalmente al Congreso no tramitar un caso que los involucraba por su actuación en el proceso de nombramiento.

El caso de la hidroeléctrica Oxec es un ejemplo de la política por encima del derecho. Guatemala ratificó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo en 1996. Esto obliga al Gobierno a consultar a los pueblos indígenas sobre las decisiones que afectan su desarrollo económico o social.

En 2015, Bernardo Caal presentó una demanda contra las plantas de Oxec, alegando que la empresa no había consultado a las comunidades locales. La empresa y el Ministerio de Energía y Minas aportaron pruebas de que habían celebrado las consultas. Los indígenas de las comunidades cercanas testificaron que habían sido consultados y que Caal, que no es de la zona como lo confirma el expediente, no hablaba en su nombre. Tras perder en la Corte Suprema, el ministerio apeló a la CC.

La ratificación de la convención por parte de Guatemala establece específicamente que cualquier disposición que contradiga su Constitución es inválida. El artículo 204 sostiene que todos los tribunales de justicia deben observar el principio de que la Constitución prevalece sobre cualquier ley o tratado. El artículo 3 de la Ley de Amparo dice: “La Constitución prevalece sobre cualquier ley o tratado”.

La sentencia de la CC violó la Constitución de múltiples maneras. Limitó los derechos de propiedad del Estado y de los individuos, aplicando criterios sobre las consultas que no existían anteriormente, y antepuso un tratado internacional a la Constitución. El lenguaje de la sentencia de la CC es literalmente un galimatías: un lenguaje sin sentido o que se hace ininteligible por el uso excesivo de términos opacos y técnicos. Los magistrados parecen decir que las exigencias del caso requerían una sentencia “atípica”, al margen de la Constitución, pero todavía constitucional. En otras palabras, su preferencia arbitraria.

La sentencia de la CC sobre Oxec perjudicó a las comunidades que los magistrados decían proteger al cerrar ilegalmente las plantas, privándolas de puestos de trabajo y de mejoras materiales para sus vidas. También perjudicó al país en su conjunto. La Cámara de Comercio Americana en Guatemala declaró:

“Estamos en un período de movimientos ideológicos radicales de grupos en conflicto social, con distorsiones y oposición abierta a cualquier proyecto de inversión, que no demuestren representar legítima o democráticamente a las comunidades. Esto ha provocado vandalismo, daños, disturbios, toma ilegal de propiedad privada y pérdida de vidas que pone en riesgo la seguridad de los ciudadanos y el desarrollo del país…

Como consecuencia directa de las sentencias de la CC, están en riesgo más de 445.000 empleos y más de 780 millones de dólares en ingresos fiscales anuales… [Las garantías de inversión contra la expropiación sin indemnización ponen en riesgo] unos 4.000 millones de dólares en los sectores eléctrico, agrícola y minero”.

La Corte de Constitucionalidad 2021-2026

En 2016, los guatemaltecos no habrían creído, como ahora, que Estados Unidos les impondría un poder judicial criminal que les haría mucho daño. Los guatemaltecos creyeron lo que resultaron ser palabras vacías sobre la independencia judicial y la transparencia. Después de cinco años de fallos arbitrarios y destructivos de la CC, los guatemaltecos se resistieron a los intentos de Estados Unidos de imponer el mismo tipo de magistrados en la CC para el período 2021-2026.

Según los partidarios de la CC 2016-2021, la resistencia guatemalteca a nombrar a los magistrados de la CC 2021-2026 que el gobierno de Biden y sus aliados querían, se debe a que la corrupción del pasado ha recuperado las instituciones guatemaltecas. No se dan cuenta de que el apoyo a la CC 2016-2021 ha destruido la credibilidad de los funcionarios estadounidenses. Sus afirmaciones de promover la independencia judicial y la transparencia han sido expuestas como vacías en el mejor de los casos.

El nombramiento de Gloria Porras en 2021 para la nueva CC por parte de la universidad estatal ejemplifica esa confrontación. El gobierno de Biden y sus aliados se quejaron de que el Congreso estaba actuando de manera corrupta al negarse a juramentar a Porras después de que el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos la certificara como su designada.

El Consejo había elegido a Porras por votación a viva voz. La Ley de Amparo exige específicamente el voto secreto. Varios partidos presentaron impugnaciones al procedimiento. La ley establece que las impugnaciones deben resolverse antes de que el ganador del proceso pueda ser juramentado por el Congreso. El Consejo Superior Universitario cometió un delito al certificar a Porras mientras las impugnaciones estaban pendientes. El Congreso habría violado la ley al juramentar a Porras.

La misma disposición de la ley se aplica al nombramiento por parte del Colegio de Abogados, que también recibió una impugnación. Tal y como establece la Ley de Amparo, la magistrada del anterior mandato nombrada por el Colegio de Abogados continuó en su cargo hasta que se resolvieron las impugnaciones. El magistrado del nuevo mandato designado por el Colegio de Abogados tomó posesión de su cargo la semana pasada, casi dos meses después del inicio del nuevo mandato. El gobierno de Biden y sus aliados no se preocuparon de que el ganador no hubiera sido juramentado, probablemente porque derrotó a su candidato.

Al igual que en el caso del Colegio de Abogados, el magistrado designado por la universidad estatal del anterior mandato ha permanecido en su cargo. Permanecerá allí hasta que la universidad designe a un magistrado para el nuevo mandato de acuerdo con la ley. Casi con toda seguridad, la universidad tendrá que repetir la elección de su designado para el nuevo mandato.

Los directivos del Colegio de Abogados concedieron todas las ventajas posibles al candidato respaldado por la embajada estadounidense y los magistrados de la CC. El corrupto fiscal especial apoyado por el Departamento de Estado, Juan Francisco Sandoval, presentó cargos penales falsos contra varias personas en el proceso para ayudar al candidato de la embajada. Aun así, el oponente recibió un 30 % más de votos. Los abogados conocen el poder judicial mejor que nadie. Su voto muestra la corrupción de la CC 2016-2021.

Los que quieren un poder judicial guatemalteco verdaderamente independiente deberían aplaudir la correcta aplicación de la Constitución y las leyes por parte del Congreso. En cambio, parece haber un esfuerzo concertado, incluso por parte del gobierno Biden y algunos en el Congreso de los Estados Unidos, para desacreditar al Gobierno guatemalteco y a la nueva CC y así evadir la ley e imponer su política. Esto no puede llevar a un buen resultado para ninguno de los dos países.

Los guatemaltecos se han asomado durante los últimos cinco años al precipicio del desastre. Han visto lo que puede ocurrir con un gobierno centralizado y arbitrario. Solo tienen que mirar a la cercana Nicaragua, donde hace años se produjo un discurso similar.

Algunas de las élites ricas de Guatemala han comprendido que la única manera de protegerse es que la sociedad esté sana. Eso requiere un Estado de derecho y un desarrollo económico con una competencia basada en el precio y la calidad de los bienes y servicios, en lugar de a través del poder gubernamental.

Las masas, golpeadas por la violencia y la falta de oportunidades, responderían positivamente al desarrollo. La clase media está cansada de la corrupción. Todos los factores convergen para que este sea el momento en el que Guatemala comience a establecer el Estado de derecho. Deben tomar la iniciativa y hacerlo ellos mismos, pero Estados Unidos puede ayudarles.

Los guatemaltecos lo conseguirán incluso sin nosotros porque son un pueblo bueno y resiliente. Agradecerán nuestra ayuda si es coherente con los principios de Estados Unidos y no con la imposición. Lo mejor es que los estadounidenses reconozcamos las nuevas realidades y nos ayudemos a nosotros mismos ayudándoles a ellos.


1. Esta cita proviene de https://www.cicig.org/?page=about, consultada en 2015. Ahora se abre a una página en español que utiliza un lenguaje diferente. A la luz de los acontecimientos posteriores, la cita de 2015 revela mejor el fracaso de la CICIG.

Steven Hecht

Editor at Large Steve Hecht is a businessman, writer, and film producer, born and raised in New York. He has lived and worked in Guatemala since 1972. He holds a Bachelor of Arts in Economics and a Master of Business Administration in Banking and Finance, both from Columbia University. He has worked on development projects in Guatemala to help the country leave its underdeveloped state and reach its great potential. Realizing the misconceptions prevalent about Guatemala and Latin America in the outside world, he has written for the Washington Times, Daily Caller, Fox News, Epoch Times, BizPac Review, Washington Examiner, Frontpage Mag, New English Review, PanAm Post, and PJ Media. He has appeared as a guest on national American media networks and programs, including the One America News, Newsmax, and The Lars Larson Show. Steve’s reporting has included meeting with coyotes, the human smugglers who have ferried millions of illegal immigrants into the United States via Guatemala’s 595-mile border with Mexico.

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